La Sierra de Guadarrama es un espacio territorial de gran calidad natural, histórica, monumental y paisajística que debe ser preservado. Por ello, tras muchos años de reivindicación y muchos intentos fallidos de dotarlo de una mayor protección, la declaración de junio de 2013 que eleva a la categoría de Parque Nacional – máxima protección -, la zona de Cumbres, cobra un significado especial, a pesar de que no abarca el territorio que científicos, naturalistas, historiadores y otros estudiosos y conocedores del Guadarrama, venían demandando. Quedan fuera numerosos espacios que albergan tesoros de la naturaleza que merecen la misma protección. A pesar de ello, se sientan las bases para, a partir de esta declaración de conservación, seguir avanzando. La historia nos enseña que muchos de los actuales Parques Nacionales han ido creciendo con los años. A través de esta declaración, no solo se asegurará la protección de la riqueza existente sino que además podrán por fin aunarse todos los espacios protegidos establecidos en él.
En los últimos meses se ha venido hablando mucho de fortalecer el papel del Estado en los parques nacionales, de mejorar su gestión, de propiciar el desarrollo en las poblaciones situadas en su entorno, etc. Todo ello ha desembocado en la elaboración de un Anteproyecto de Ley de Parques Nacionales, que se encuentra actualmente en periodo de alegaciones. ¿Es realmente necesaria una nueva Ley o bastaría, como afirman muchas organizaciones ecologistas, con modificar los planes directores. A juicio de varias de estas organizaciones, Seobirdlife, Ecologistas en Acción y WWF, por ejemplo, una mayor apertura de los P.N. podría ser destructiva para sus ecosistemas y especialmente para la fauna. La futura ley debería primar la preservación y la conservación y, sin embargo, parece dar cabida a la empresa privada en espacios hasta hoy vetados, con el riesgo de anteponer el beneficio económico a la conservación.
El anteproyecto de la Ley de Parques Nacionales, establece como objetivo la conservación de sus valores naturales y culturales, condicionando a este fin principal el resto de actividades, como su uso y disfrute, la investigación o el desarrollo socioeconómico del entorno. Tal y como establece el nuevo texto, las actividades en los Parques Nacionales se clasificarán como compatibles con su conservación; necesarias para la gestión o incompatibles. Las primeras podrán seguir practicándose, las segundas serán protegidas por la administración y las terceras deberán ser eliminadas o no iniciadas.
Sin embargo también encontramos en el texto que se autoriza, a los dueños de terrenos situados en el interior de los Parques, a desarrollar actividades económicas o comerciales, en especial las vinculadas con el uso público o el turismo rural. Ello quiere decir que las actividades turísticas estarán permitidas, siempre que contribuyan de forma notable al desarrollo socioeconómico del entorno y sean completamente compatibles con la conservación de sistemas naturales, así podrá permitirse la navegación en el interior del Parque Nacional de Monfragüe o el vuelo sin motor en el de Guadarrama.
No obstante, es fundamental entender que el Turismo puede ser un arma de doble filo, por un lado puede contribuir a la protección de los recursos naturales, ya que gracias a él los habitantes toman conciencia del valor de lo que poseen y adquieren interés por conservarlo, pero al mismo tiempo puede convertirse en el mayor enemigo de un espacio natural si no se controla su número, su estacionalidad, etc.
Entre las actividades que se clasifican como incompatibles, se encuentran la caza, la pesca deportiva, recreativa y comercial; la tala con fines comerciales o la edificación, sin embargo, el texto contempla que se puedan realizar acciones de control de poblaciones, de ordenamiento de las masas forestales, de erradicación de especies exóticas y de restauración de hábitats. Y mientras en la normativa vigente, estas actuaciones las realizan los empleados de los Parques, la nueva ley daría cabida a la empresa privada, dando pie al escepticismo que está sobrevolando a todos los concienciados con la conservación.
Asimismo, quedarán prohibidos los aprovechamientos hidráulicos o hidroeléctricos, las vías de comunicación y las redes energéticas, salvo en circunstancias excepcionales por razones de protección ambiental o interés social, y siempre que no exista otra solución satisfactoria.
Respecto al suelo, el proyecto de Ley señala que no podrá contener actividades extractivas o explotaciones de áridos, arenas o minerales ni instalaciones dedicadas al uso deportivo o industrial. Asimismo, establece que no puede existir suelo urbanizado ni susceptible de transformación urbanística, y que estará ocupado, por formaciones naturales, sin aprovechamientos de carácter agrícola, forestal o hidráulico ni elementos artificiales que alteren la estética del paisaje o el funcionamiento de los ecosistemas.
Uno de los principales problemas de sostenibilidad que puede generarse en torno a un Parque Nacional es la gestión del territorio que queda a su alrededor, en su perímetro. Un P.N., al igual que cualquier otro espacio protegido, no es un sistema aislado, sino que está estrechamente relacionado con los sistemas ambientales, económicos y sociales en los que se integra. En este sentido, sólo una ordenación territorial desarrollada a escala amplia que comprenda los usos del territorio y sus relaciones, podría asegurar que las funciones desarrolladas en lo económico y en lo social no condicionen irreversiblemente la capacidad de la esfera ambiental de mantener las funciones que le son propias y que, en última instancia, ejercen de soporte para las anteriores.
Diferentes comunidades autónomas han manifestado su rechazo al anteproyecto de la Ley de Parques Nacionales porque puede dar lugar a un desarrollo económico incompatible con la protección de la naturaleza, es el caso de Andalucía y Canarias.
Ahora es el momento de expresar nuestras objeciones, el plazo de alegaciones está abierto hasta el 23 de octubre. Demos un paso por preservar y proteger nuestra naturaleza, no es algo ajenos a nosotros, somos nosotros mismos.